Locales

Incrementan penas para quienes interfieran comunicaciones electrónicas y mensajería

20:55 h - Sáb, 26 Sep 2015

Según un decreto legislativo que modifica el Código Penal, quienes intervengan o interfieran indebidamente comunicaciones electrónicas, de mensajería instantánea, o similares, serán sancionados con penas de 5 a 10 años de cárcel.

La norma publicada hoy modifica el artículo 162 del citado Código, que para este caso contemplaba penas privativas de la libertad entre 3 a 6 años.

Pero, cuando la persona que cometa este delito tenga la condición de funcionario o servidor público, la pena de cárcel será entre 10 y 15 años, además de la inhabilitación de su cargo.

La misma sanción se impondrá cuando el delito recaiga sobre información clasificada como secreta, reservada o confidencial o cuando el delito comprometa la defensa, seguridad o soberanía nacionales.

"Si el agente comete el delito como integrante de una organización criminal, la pena se incrementa hasta en un tercio por encima del máximo legal previsto en los supuestos anteriores", añade el Decreto Legislativo, que lleva la firma del presidente Ollanta Humala, del presidente del Consejo de Ministros y del titular de Justicia.         

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