Economía

No se puede condicionar atención de reclamos previo al pago de los recibos

15:34 h - Sáb, 4 Jul 2020

El organismo regulador Osinergmin dispuso que las empresas no pueden condicionar la atención del reclamo al pago previo de sus recibos y que, mientras el reclamo se encuentre en trámite, no pueden cortar el servicio por los montos reclamados ni facturar o requerir su pago.

Indicó que el principal objetivo de este procedimiento es garantizar a los usuarios del servicio eléctrico y de gas natural una adecuada atención de sus reclamos sobre la facturación de sus consumos durante el período de emergencia.

Además, el respeto irrestricto a las garantías para el usuario mientras dura el procedimiento de reclamación.

Esta norma de carácter transitorio se aplica a los reclamos de los usuarios que consideran que se les ha facturado en exceso por sus consumos realizados durante el periodo de emergencia.

/ES/Andina/


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