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Poder Judicial otorgó casi 34,000 medidas de protección a víctimas de violencia

15:15 h - Lun, 1 Mayo 2023

Solo en los dos primeros meses del presente año, el Poder Judicial otorgó 33,923 medidas de protección a las víctimas de violencia, así lo reveló la presidenta de la Comisión de Justicia de Género de dicho poder del Estado, Elvia Barrios Alvarado.

La magistrada detalló que esta cifra ha ido en incremento en los últimos años, lo cual demuestra –dijo— que las mujeres, así como los integrantes del grupo familiar han ido concientizándose de que a la violencia hay que ponerle un pare y que no se debe tolerar.

Barrios Alvarado reveló que las cortes superiores de Lima Norte, Arequipa, Lima Este, Lima Sur, Cusco, La Libertad son las que más solicitudes y otorgamiento de medidas de protección brindan a las víctimas de violencia.

El distrito judicial de Lima Norte otorgó 3,558 medidas de protección, seguida de Arequipa con 2,826, Lima Este 2,778, Lima Sur 2,253, Cusco 1,794, La Libertad 1,391 y Lambayeque con 1,325, cifras que corresponden también a los meses de enero y febrero del presente año.

“El mayor número de denuncias o de solicitudes de medidas de protección están centradas en Lima, pero recuérdese que Lima es un gran distrito judicial, luego tenemos a Arequipa, Cusco, La Libertad. Estas cifras no solo tienen que ver con el número de población sino también que se advierte un mayor nivel de violencia”, explicó.

“Las medidas de protección se les proporciona a las mujeres e integrantes del grupo familiar, (pero) esto no excluye a un varón, entre los que se encuentran niños y adultos mayores. (…) En una proporción del 10 % tenemos víctimas entre niños y de la tercera edad”, especificó.

En esa misma línea, la presidenta de la Comisión de Justicia de Género señaló que desde la promulgación de la Ley 30364, en noviembre del 2015, hasta la fecha se han otorgado 1 millón 563,936 medidas de protección.

Respecto al tipo de medidas de protección que se otorga a las víctimas, detalló que estas van desde el retiro del agresor del domicilio, la prohibición de comunicarse con la víctima o acercarse a la misma.

“Incluso, en casos donde el agresor tiene contacto con menores de edad la prohibición incluye el contacto con los hijos, con los menores de edad”, explicó.

“Las medidas de protección son producto de un mandato judicial y si el agresor lo incumple va a tener otro proceso penal porque está desobedeciendo una orden judicial, hay un desacato y eso significa un concurso real de delitos en adición al delito que ha cometido”, afirmó. 

/RP/NDP/


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