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Consejo Regional declara en emergencia a Moquegua para atender a afectados

11:19 h - Sáb, 16 Jul 2022

El Consejo Regional de Moquegua declaró en situación de emergencia a dicha región debido a los daños provocados por el fuerte sismo de magnitud 5.4 ocurrido el pasado martes 12 de julio, a fin de adoptar las medidas necesarias para atender a los damnificados.

El Acuerdo de Consejo Regional N° 176-2022-CR/GRM, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece que esta medida tiene una vigencia de 60 días calendario y alcanza a los distritos de Omate, Quinistaquillas, Coalaque, Puquina y La Capilla, pertenecientes a la provincia de General Sánchez Cerro.

La norma indica que esta medida permite que el Gobierno Regional de Moquegua, “según los requerimientos presupuestales de los órganos competentes de acuerdo a lo normado en la Ley del Presupuesto del Sector Público, adopte las acciones inmediatas para la atención del evento suscitado”.

Además, se encarga a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura y Dirección Regional de Transportes y demás órganos del ejecutivo regional, que adopten las acciones necesarias pertinentes dentro del marco legal y competencias para la atención de la declaratoria de situación de emergencia.

Asimismo, dispone que todo proceso de adquisición, orientado a la situación de emergencia debe ejecutarse en estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, lo que es materia de fiscalización y control.

En ese sentido, se encarga a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura y Dirección Regional de Transportes y demás órganos del ejecutivo regional, que adopten las acciones necesarias pertinentes dentro del marco legal y competencias para la atención de la declaratoria de situación de emergencia.

Asimismo, dispone que todo proceso de adquisición, orientado a la situación de emergencia debe ejecutarse en estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, lo que es materia de fiscalización y control.

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