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Minedu aprueba retorno parcial a clases en zonas rurales

11:12 h - Sáb, 24 Oct 2020
Las zonas del ámbito rural donde la incidencia de covid-19 sea nula, mínima o, se haya reducido considerablemente, podrá recuperar gradualmente presencialidad en el servicio educativo. Así lo establece la Resolución Ministerial N° 430-2020-MINEDU, publicada en el diario oficial El Peruano.
 
La resolución establece condiciones mínimas que son de cumplimiento obligatorio y concurrente, por ejemplo, que todo el personal de la institución educativa que participará en el servicio semipresencial cuente con un despistaje negativo de covid-19, que no sea mayor a tres días antes del inicio de la prestación del servicio y, además, que no pertenezca al grupo de personas de riesgo, de acuerdo con la normativa del Ministerio de Salud (Minsa).
 
Además, la institución educativa debe contar con materiales para la limpieza y desinfección de los espacios donde se brindará el servicio educativo semipresencial, de acuerdo con lo establecido en el protocolo para el inicio del servicio educativo presencial del año escolar 2020, se debe contar también con materiales para la protección de la salud de su personal, como termómetro y mascarillas.
 
Finalmente, dispone que se debe continuar brindando el servicio educativo remoto a los estudiantes, cuyas familias deciden que sus hijos no regresen bajo esta modalidad a las aulas.
 
/MR/Andina

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