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El curso de Ensap ya no es obligatorio para serumistas

El Ministerio de Salud determinó que los profesionales de la salud que adjudicaron plaza Serums a partir del proceso 2021-I.
Los certificados de aprobación de los cursos de formación dictados por la Escuela Nacional de Salud Pública (Ensap) quedan exceptuados de realizar dichos cursos.
20:21 h - Mié, 10 Abr 2024

El Ministerio de Salud (Minsa) determinó que los profesionales de la salud que adjudicaron plaza Serums a partir del proceso 2021-I y no cuenten con los certificados de aprobación de los cursos de formación dictados por la Escuela Nacional de Salud Pública (Ensap) quedan exceptuados de realizar dichos cursos.

Así quedó establecido mediante Resolución Ministerial Nº 225-2024/MINSA, publicada en el diario oficial El Peruano, en el cual se agrega que dichos profesionales también están exceptuados de presentar los certificados de los cursos de Ensap, como requisito para la emisión de la resolución de término del Serums.

La resolución modifica los artículos 37° y 41° del reglamento de la Ley Nº 23330. 

El artículo 3° del Decreto Supremo Nº 005-97-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 23330, Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (Serums), establece que por resolución ministerial se aprobarán las disposiciones complementarias y las modificaciones al reglamento en mención.

En ese contexto, mediante Resolución Ministerial n.º 612-2021/MINSA y Resolución Ministerial Nº 369-2023/MINSA, se realizaron modificaciones a los artículos 37° y 41° del reglamento de la Ley n.º 23330.

Estas modificaciones establecieron que, durante el período de prestación del servicio, los profesionales de la salud que realicen el Serums remunerado deberían acreditar haber completado un mínimo de dos cursos de formación dictados por la Ensap.

Mientras que los profesionales de la salud que realizaron el Serums equivalente deberían acreditar al menos un curso, disponiéndose que los certificados de cursos de formación impartidos por la Ensap formarían parte integral del informe final.

El Minsa indicó que fue la Dirección General del Personal de la Salud de dicho portafolio la que adoptó esa medida necesaria y justificada en ese momento.

Si ahora no se consideran indispensables los cursos durante el Serums, ello obliga a que ese vacío sea previamente cubierto en la formación del pregrado.

/MPG/

 

 


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