Política

Alianza Para el Progreso sería sancionado por infracción a normas de propaganda electoral

El partido de César Acuña tiene 3 días para hacer su descargo
12:41 h - Mar, 22 Dic 2015

Mediante un comunicado de prensa, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), informó que el Jurado Electoral Especial (JEE), Lima Centro 1, resolvió abrir proceso sancionador contra el partido político Alianza Para el Progreso (APP), del candidato César Acuña a fin de determinar la infracción a las normas de propaganda electoral.

En la resolución N.° 005-2015-JEE-LC1/JNE, se observan las denuncias presentadas contra esta organización política por presunta propaganda electoral indebida: una interpuesta por el ciudadano Carlos Calderón y el uso de las universidades César Vallejo, Autónoma y Señor de Sipán; y otra iniciada de oficio luego del informe de la Dirección Nacional de Fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones, a raíz de una nota periodística realizada en la institución educativa inicial N.° 017, Cuna Jardín El Agustino.

Asimismo, el JEE Lima Centro 1 sostuvo que corresponde disponer el inicio del procedimiento sancionador contra APP, por presunta infracción al artículo 184 de la Ley Orgánica de Elecciones y al artículo 7, numeral 7.1, del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral que aprobó el Jurado Nacional de Elecciones mediante Resolución N.° 304-2015-JNE.

La organización política Alianza Para el Progreso tendrá 72 horas desde el día siguiente de su notificación para realizar los descargos a la Resolución N.° 005 del JEE Lima Centro 1.

Del mismo modo, el JEE Lima Centro 1 decidió, mediante Resolución N.° 002-2015-JEE-LC1/JNE, abrir proceso sancionador contra Azucena Rodríguez Carranza, directora del I. E. I. N.° 017, Cuna Jardín El Agustino, para determinar la presunta comisión de infracción a las normas que regulan el deber de neutralidad de los funcionarios en período electoral.

El artículo 184 de la Ley Orgánica de Elecciones y el artículo 7, numeral 7.1, del Reglamento sobre Propaganda Electoral, establecen que está prohibido usar las oficinas públicas, los cuarteles de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, los locales de las municipalidades, colegios estatales o particulares, entre otros; para actos de propaganda electoral a favor o en contra de cualquier agrupación política o candidato.

 

/M.R.M./


Las más leídas

Lo último

Peruano opina