De manera online se puede solicitar retiro de la CTS
La Cámara de Comercio de Lima (CCL), señaló que el retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se podrá solicitar también de manera online a una cuenta del trabajador.
Cabe indicar que esta medida puede ser ejecutada tras la publicación DS 010-2021-TR, se aprobó el Reglamento de la Ley 31171, norma que autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre 2021, el retiro del 100% de los depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
El gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala, indicó que el retiro de hasta el 100% de la CTS se ha dispuesto con el objeto de permitir a los trabajadores cubrir sus necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19.
De acuerdo a la norma, se podrá hacer el retiro total incluyendo los intereses generados a la fecha de la solicitud del retiro, el mismo que podrá realizarse en forma presencial en las oficinas de la entidad depositaria.
El trabajador podrá solicitar a la entidad depositaria de la CTS por vía remota (online)para que efectúe el desembolso, mediante transferencia a una cuenta del trabajador; sea cuenta bancaria, cooperativa de ahorro y crédito no autorizada a captar recursos del público u operar con terceros, o empresa emisora de dinero electrónico.
La transferencia a la cuenta señalada por el trabajador debe hacerse en un plazo no mayor de 2 días hábiles de recibida la solicitud, esto es, descontando sábados, domingos y feriados.
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