Economía

Oficializan norma que autoriza reanudación de actividades económicas

Foto: Difusión.
12:14 h - Dom, 3 Mayo 2020

El Poder Ejecutivo oficializó hoy el decreto supremo que autoriza la reanudación de actividades económicas de forma gradual y progresiva en cuatro fases desde este mes, en el marco de la Emergencia Sanitaria decretada para contener el avance del nuevo coronavirus (Covid-19) en el Perú.

A través del Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, publicado en el Boletín de Normas Legales  del Diario Oficial El Peruano, se establece que las citadas fases se irán evaluando permanentemente de conformidad con las recomendaciones de la Autoridad Nacional de Salud.

“Que, es necesario comenzar la recuperación social y económica y, por ello, es prioritario abordar la transición hacia una reanudación de actividades que incorpore las precauciones y medidas de protección necesarias para prevenir los contagios y minimizar el riesgo de un repunte de la enfermedad que pueda poner en riesgo la adecuada respuesta de los servicios sanitarios y, con ello, la salud y el bienestar del conjunto de la sociedad”, señala el dispositivo.

En ese contexto, la Fase 1 inicia en el mes de mayo del 2020, y corresponde a las actividades: Minería e industria, construcción, servicios y turismo, y comercio. 

 

Minería e industria

 

1. Explotación, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería y, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos.

2. Insumos para la actividad agropecuaria.

3. Pesca industrial (consumo humano indirecto).

4. Producción temporal: órdenes de compra (exportaciones) vencidas y por vencer.

5. Industrias de vidrio, forestal (maderable u no maderable), papel y cartón, plásticos y hielo ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipo.

6. Industria metalmecánica.

7. Sustancias químicas básicas y abono y servicios complementarios a agricultura (para actividades esenciales).

 

Construcción

 

8. Proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC).

9. Proyectos de la Autoridad para la Reconstrucción con cambios (ARCC).

10. 56 proyectos del Sector Transportes y Comunicaciones.

11. 36 obras de saneamiento.

12. Actividades de infraestructura agraria (riego, mantenimiento, rehabilitación de drenes, entre otros).

13. Proyectos inmobiliarios priorizados (fase de excavación, estructuras y acabados, y viviendas en el ámbito rural).

14. Productos agrarios (alquiler/venta de maquinarias).

15. Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), acceso de agua y alcantarillado en comisarías, hospitales y colegios.

16. Industrias y servicios conexos a la construcción.

 

Servicios y turismo

 

17. Restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio (con propia logística del establecimiento y protocolo de seguridad y recojo en local).

18. Hoteles categorizados y transporte turístico para actividades esenciales.

19. Servicios vinculados a telecomunicaciones.

20. Servicios complementarios a la agricultura.

21. Servicios prestados a empresas (soporte de TI y servicios profesionales, exportaciones de servicio de conocimiento).

22. Servicios notariales.

23. Servicios de reciclaje.

24. Servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares (bombas, termas, ascensores, gasfitería, electricista, carpintería, entre otros).

25. Servicios de almacenamiento de: Abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.

 

Comercio

 

26. Comercialización de productos agrarios

27. Comercio electrónico de bienes para el hogar y afines.

 

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