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Recuerdan que sanción penal para ciberacoso es de 3 a 7 años

18:10 h - Lun, 15 Mar 2021

La sanción penal para los casos de ciberacoso o acoso cibernético es de 3 a 7 años, dependiendo de los agravantes., así lo explicó Marlene Molero, abogada laboralista.

Fue luego de mencionar en Qué Hacer que los casos de ciberacoso o acoso cibernético aumentaron en el año 2020, de acuerdo a información del Ministerio de la Mujer.

“El ciberacoso está penado a partir de la publicación del Decreto Legislativo 1410 en el año 2018, cuando entran al Código Penal las figuras de acoso, chantaje sexual y el envío de material no autorizado. Cada uno de estos tres tipos tienen la mención expresa de que pueden darse en entornos digitales”, señaló la especialista.

“Por ejemplo, si se da en el marco de un entorno laboral o sucede en una relación de pareja, hay un agravante”, sostuvo Molero.

En otro momento, la abogada remarcó que la recopilación de pruebas para denunciar el acoso cibernético suelen ser más fáciles de conseguir que en otros tipos de acoso.

“Los elementos probatorios suelen estar muy presentes porque, por ejemplo, están en mensajes de WhatsApp y pueden tomarse pantallazos si pensamos que los pueden borrar, y lo mismo en el caso de las redes sociales. Y si hay audios, lo mejor es descargarlos y llevar todo ese material al momento de hacer la denuncia”, remarcó Molero.

Cabe resaltar que el DL 1410 busca sancionar los actos de acoso en todas sus modalidades a fin de garantizar una lucha eficaz contra las diversas formas de violencia que afectan principalmente a las mujeres a lo largo de todo su ciclo de vida.


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